Cálculo Anual de ISR en NOI
Con el fin de reducir las diferencias en el cálculo anual de ISR, se recomienda que la última nómina de cada mes se maneje con un Cálculo de ISR ajustado, si bien este tipo de cálculo del ISR no está establecido en la ley, la principal diferencia en comparación con el Cálculo mensual del impuesto, consiste en la forma como se determinan los ingresos gravables mensuales.
¿Cómo funciona el proceso?
En este caso, el sistema calcula el impuesto tomando en cuenta los ingresos gravables de todo el mes y los impuestos que ha retenido hasta el momento y, en caso de que exista, salda la diferencia que se ha acumulado en el último periodo. Este tipo de cálculo debe usarse en la última nómina del mes, es decir, si se trata de nóminas semanales en la número 4 ó 5 se debe configurar el tipo de cálculo como Ajustado; en el caso de las nóminas quincenales en la segunda se debe configurar el tipo de cálculo como Ajustado, entre otros.
Cálculo ajustado
Tomaremos como ejemplo el caso de un trabajador que generó los siguientes conceptos en la nómina con fecha 15 enero de 2010.
Una vez creada la nómina del 31/01/2015, (la cual es la última nómina del mes) cambiamos el tipo de cálculo de mensual a ajustado. Los datos para la realización de la nómina ajustada son los siguientes:
Para realizar el cálculo se realizan los siguientes pasos:
- Determina los ingresos gravables que haya obtenido en el mes el trabajador. La suma de la base gravable del periodo más la base gravable mensual acumulada dan como resultado el Total de ingresos gravables que el trabajador ha obtenido en el mes:
- Después de haber obtenido los Ingresos Gravables reales del mes, calcula el ISR de acuerdo a las tablas. Determinación del impuesto según la tarifa del Artículo 96 de la Ley del ISR.
- Determinación del subsidio para el empleo.
- Ya determinado el Impuesto Mensual, calcula la diferencia entre el Impuesto Mensual real y el Impuesto Retenido hasta la nómina anterior. Realiza el mismo ajuste cuando resulta excedente de subsidio para el empleo. ISR o Subsidio para el empleo mensual.
a. Identifica el rango de la tabla del Artículo 96 al que corresponde el monto gravable mensual:
b. Desglose del cálculo del impuesto.
Nota
El sistema Aspel-NOI maneja como límite inferior, el límite superior del rango anterior.
Nota.
Desde la consulta de recibos puedes visualizar por trabajador el desglose detallado del cálculo de impuesto.